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Policía de Santander entrega balance del primer año de vigencia de la Ley 1801

Escrito por el 2 febrero, 2018

 Tras el primer año de aplicación del Código Nacional de Policía, el Departamento de Policía de Santander preparó un informe de los principales comportamientos contrarios a la convivencia que se presentaron en el departamento, habiendo mayor reincidencia en la riñas, porte de armas o elementos cortopunzantes y sustancias psicoactivas en espacio público, irrespeto a la autoridad y el consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos. Según el subcomandante de la Policía de Santander, coronel Rigoberto Acevedo Mora, a lo largo estos 365 días se interpusieron 10 mil 137 medidas correctivas, de las cuales 6 mil 712 corresponden a comparendos de carácter económico. El oficial indicó que con la entrada en vigencia de esta ley, enfocada a mejorar las condiciones de tranquilidad y seguridad de la comunidad en su primer año, el Departamento de Policía Santander, se permite informar a la opinión pública, que gracias a esta importante herramienta de prevención, se ha logrado una reducción considerable en la comisión de delitos y contravenciones que perturban la tranquilidad y seguridad de los santandereanos.  Cabe resaltar que en lo corrido de estos primeros 12 meses de aplicación de la ley, se tiene un consolidado en la aplicación de medidas correctivas, la cuales se discriminan así: la imposición de 3 mil 305 multas tipo 2; mil 397 multas tipo 4; destrucción del bien equivalentes a mil 726, participación en mil 146 programas comunitarios o actividades pedagógicas y 823 suspensiones temporales de la actividad comercial.

Según el coronel Acevedo Mora el comportamiento contrario a la convivencia que más se presenta es el referente al artículo 27 numeral 1: reñir, incitar o incurrir en confrontaciones violentas o en agresión física, con mil 130 comparendos aplicados. En segundo lugar se encuentra el porte armas, elementos cortantes o punzantes en espacio público, el artículo 27 numeral 6, con 649 comparendos aplicados. En tercer lugar está el porte de sustancias prohibidas en espacio público, artículo 140, numeral 8, comportamiento con 534 comparendos. En cuarto lugar se encuentra el artículo 35, numeral 1: irrespetar a las autoridades de policía, con 374 comparendos aplicados.  En último lugar se encuentra el artículo 140, numeral 7, que se refiere al consumo de bebidas o sustancias psicoactivas en espacio público, con 278 comparendos aplicados. Los anteriores comportamientos conllevan multas tipo 2, es decir, 208 mil 331 pesos. Es importante mencionar que las multas tipo 1 y 2 ofrecen a los ciudadanos la posibilidad de conmutarlas por otras medidas correctivas, como participación en programas comunitarios o en actividades pedagógicas que consisten en la participación en programas educativos determinados y desarrollados por las alcaldías municipales. Lo anterior debe hacerse dentro de los cinco días hábiles posteriores a la orden de comparendo.


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